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Tu Planilla cuando tienes Negocio Propio

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Te has preguntado: "¿Cómo cambia mi Planilla si tengo mi propio negocio?"

Ok, decidiste reinventarte y se te ocurrió una maravillosa idea para montar tu negocio que resultó en ganancias, pero… ¿y qué pasa con tu planilla si eres dueño o dueña de tu negocio? Esta publicación aplica a personas con un DBA (Doing Business As).

Es importante orientarte con un preparador de planillas calificado pero, también es bueno que conozcas de antemano algunas cosas para que no te tomen por sorpresa a la hora de radicar tus planillas.

Te voy a contar, bien resumidamente, 7 aspectos importantes que debes conocer.
👉 Worth it tips 📝:

1. Anejos: Cuando radicas tu planilla con un negocio de servicios profesionales, debes incluir el Anejo M en tu planilla estatal (de PR). Si lo que tienes es una industria o negocio con inventario, utilizas el Anejo K. Si te dedicas al alquiler, utilizas el Anejo N y si tu negocio es de agricultura, utilizas el L. En estos anejos incluyes los ingresos que generaste y los gastos que incurriste para generar ese ingreso. Si incluyes gastos de depreciación, debes completar el Anejo E. En la planilla 2015, se añadió el Anejo W donde desglosas los gastos imprescindibles y otros gastos. Si recibiste 480.6B de tus clientes, la retención se incluye en el Anejo B.

2. Gastos: Una de dos, o mantienes un récord organizado de los gastos que vas realizando durante el año o tienes un contador que lo haga por ti. Es más fácil con la segunda opción, ya que podrás saber mes a mes cómo va tu negocio y al final del año tendrás toda la información lista para tu planilla. Son gastos de tu negocio, no gastos personales ni gastos inventados con una fórmula mágica. A pesar de que Hacienda no te exige enviar evidencia con tu planilla, sí debes guardarla para sustentar cualquier información solicitada en una auditoría.

3. Ingresos: Piensa en el triángulo de las Bermudas… En cada punta del triángulo está tu ingreso reportado en planillas, tu ingreso reportado en el IVU (si aplica y que debería cuadrar con tu ingreso depositado en el banco) y tu ingreso en los reportes de contabilidad. Lo que no sea igual, se va por el medio y tienes un problema. ¿Por qué? Porque si llevaste tu contabilidad bien, si reportaste en el IVU lo que tenías que reportar y en tu Planilla también, tienes tus cuentas claras. Todo lo que no cuadre debe ser por alguna justificación válida. Y Hacienda va a querer saber esa razón en una auditoría. Cuentas claras… evitan penalidades.

4. Tu Seguro Social: Cuando eres dueño de un negocio, eres tu propio patrono, por lo que eres responsable del pago de tu seguro social y medicare. Pagarás la parte del ‘empleado’ y la del ‘patrono’. Esto se calcula a base de la ganancia de tu negocio (Ingresos – gastos). Si tu ganancia es mayor de $400 (esperamos que sí lo sea…), tienes que pagar tu seguro social, por lo tanto, debes radicar una planilla federal 1040PR. ¿Cómo se calcula? Facilito: (Ganancia x .9235) x .153 = Lo que tienes que pagarle al IRS. ¿Te parece mucho? Que no sea tan grande el cantazo lo evitas con el punto #5.

5. Pagos Estimados: Si estimas que el próximo año pagarás contribuciones, tanto a Hacienda como al IRS, envía pagos estimados cada 4 meses. Si estimas que pagarás más de $1,000 en contribuciones en el 2018, debes hacer pagos estimados para que no te impongan una penalidad. Aunque no llegues a esa cantidad, es mejor realizar pagos cada 4 meses que 1 de cantazo, ¿verdad? Consulta con un experto en contribuciones si debes realizar pagos estimados y cómo hacerlos. (¡Pregúntame!)

6. Patente Municipal: Debes radicar la patente municipal en el municipio donde está localizado tu negocio. El porciento contributivo varía dependiendo del municipio y se calcula a base de tu ingreso bruto. Así que no importa si tuviste pérdida luego de restar tus gastos, porque la patente se calcula multiplicando la tasa municipal por el total del ingreso sin los gastos. Regularmente vence 5 días laborables después de la fecha límite de la planilla estatal. Verifica con tu municipio para que la radiques a tiempo.

7. CRIM: También debes radicar al municipio la planilla del CRIM. Esta toma en consideración los bienes muebles de tu negocio, maquinaria y equipo, inventario, efectivo en caja, mejoras, etc. ¿Tienes una mesa, una silla y una laptop nada más? Pues, pagas CRIM. Y también sus tasas contributivas varían por municipio. La planilla del CRIM vence el 15 de mayo.

Si tienes dudas adicionales sobre algunos de estos, puedes escribirme un mensaje privado para orientarte. Ajusta tus números y ponte al día con las agencias estatales, federales y municipales. Asegúrate que tu negocio esté en cumplimiento. Evita multas y tener que sacar de tus ganancias para pagar de más.

No pagues #niuncentavomás de lo que te corresponde. ¿Cómo? Evitando multas y penalidades, radicando a tiempo y obteniendo el mayor beneficio contributivo posible permitido por ley.

No es tan difícil cuando cuentas con un experto. Mindset Business Solutions puede ser la solución que buscas. Queremos ayudarte a que tu negocio esté al día con su contabilidad y responsabilidad contributiva. Pregúntame sobre los paquetes de planillas para negocios o servicios profesionales y radica a tiempo tus planillas.

Recordatorio: Las planillas para el año contributivo 2017 de PR y 1040PR vencen el martes, 17 de abril de 2018.

Como siempre, cualquier duda o ayuda, cuenta conmigo.

Julisa

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Julisa Cruz Camacho, MBA en Contabilidad y Mercadeo. Con experiencia en estrategia de mercadeo y mercadeo digital, contabilidad, impuestos federales y estatales, gerencia y supervisión, adiestramientos, coordinación de eventos laborales, mejoramiento de procesos, y más.

Entrada actualizada el 3/3/18.

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